Es una asociación juvenil con actividades como la ayuda a los jóvenes principalmente a través del apoyo en los estudios, el deporte, el ocio y el tiempo libre sanos.
Queremos también tener otro tipo de actividades para todos los jóvenes que quieran, buscando la sana convivencia, la amistad, ayuda, alegría, etc. A lo largo de esta web hemos querido recoger las iniciativas que tenemos desde 2004.
Han sido más de 1000 las personas que durante este período de tiempo han participado de alguna de las actividades en los diferentes programas de la Asociación y Proyecto de Jóvenes en Acción, con un total en la actualidad de 102 socios.
Queremos seguir ofreciendo actividades para todos, desde una búsqueda del ocio y el tiempo libre sano y divertido, la ayuda en los estudios, la naturaleza y otras actividades centradas en el Centro de Jóvenes y que ayuden al crecimiento y diversión de cada uno.
Los recursos que tenemos son muy limitados, pero la ilusión es mucha, por eso también es un proyecto llevado por los propios jóvenes.
Esperamos que cada actividad que vayamos ofreciendo siga gustando tanto y ayudando a todos.
Queremos también tener otro tipo de actividades para todos los jóvenes que quieran, buscando la convivencia, la amistad, ayuda, alegría, etc. Queremos seguir ofreciendo actividades para todos, desde una búsqueda del ocio y el tiempo libre sano y divertido, la ayuda en los estudios, la naturaleza y otras actividades centradas en los Centros de Jóvenes y que ayuden al crecimiento en todas las dimensiones y diversión de cada uno.
Los recursos que tenemos son muy limitados, pero la ilusión es mucha, por eso también es un proyecto llevado por los propios jóvenes.
Esperamos que cada actividad que vayamos ofreciendo siga gustando tanto y ayudando a todos, a lo largo de sus diferentes programas: el deportivo, el de ayuda al estudio y el de comunicación.
Fines
1.- La educación de la juventud.
2.- La promoción de valores constitucionales y desde el humanismo cristiano entre los jóvenes.
3.- La promoción y atención a personas en riesgo de exclusión social.
4.- La promoción del voluntariado social entre los jóvenes.
5.- La promoción y protección de la familia y el apoyo a padres y madres para la educación de sus hijos.
6.- La defensa de la naturaleza y el medio ambiente.
7.- La promoción de los Derechos Humanos y de los derechos de los jóvenes.
8.- El conocimiento y promoción de las costumbres de nuestra provincia, de nuestra nación y de su integración en la Unión Europea.
¿Cómo hacer socio?
Manda un email a jovenescristianosenaccion@hotmail.com solicitando tu interés por ser socio de Jóvenes en Acción mandando tus datos personales (nombre y apellidos, fecha de nacimiento, email, móvil, lugar de estudios o trabajo, dirección postal, teléfono fijo de contacto, perfil de tuenti y de Facebook). Señalando si vas a ser socio simpatizante (gratis) o de número (24€ al año de cuota – 2€ al mes).
De esta manera estarás informado de toda las actividades que hagamos a través del email y del Tuenti, tendrás preferencia en las actividades y tendrás descuentos en cada una que se organice.
Hacerse socio
Artículo 22º.
1.- Pueden ser socios las personas físicas o jurídicas que, teniendo capacidad de obrar, demuestren su interés por los fines de la Asociación y lo soliciten por escrito en el que conste la manifestación de voluntad de asociarse, unida al acatamiento de estos Estatutos y de las disposiciones por las que se rija en cada momento.
Artículo 23º. Clases de socios.
Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios:
1. Socios fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación.
2. Socios de número, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación y paguen la cuota anual fijada.
3. Socios simpatizantes, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación y no tengan cuota fija anual o hayan superado la edad de 30 años.
4. Socios de honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá a la Junta Directiva o Asamblea General.
Artículo 24º: Derechos.
Son derechos de los socios:
1. Participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los Estatutos.
2. A ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
3. A ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.
4. A impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación que estime contrarios a la Ley o a los Estatutos.
5. Acceso a toda la documentación relacionada en el artículo 29 del presente Estatuto, a través de los órganos de representación, en los términos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Artículo 25º: Deberes.
Son deberes de los socios:
1. Compartir las finalidades de la asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
2. Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada socio.
3. Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.
4. Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación de la asociación.
Artículo 26º: Bajas.
Se podrá perder la condición de socio:
a) Por el incumplimiento reiterado de alguno de los deberes de socio.
b) Por conducta contraria a la buena convivencia y a los fines de la Asociación.
c) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta directiva.
Artículo 27º Régimen Disciplinario:
El asociado que incumpliere sus obligaciones para con la Asociación o que su conducta pública o privada menoscabe los fines o prestigio de la Asociación, será objeto del correspondiente expediente disciplinario, del que se le dará audiencia, incoado por la Junta Directiva que resolverá lo que proceda.
Si la Junta propusiese la expulsión, la propondrá a la Asamblea General, para su consulta, y la Junta Directiva decidirá la medida.
Las sanciones pueden comprender desde la suspensión temporal de sus derechos a la expulsión.
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